Metodología: cómo analizamos brokers y exchanges

En BrokersFiables analizamos brokers de inversión, proveedores de CFD y exchanges de criptomonedas desde el punto de vista de un inversor residente en España. Esta página explica qué comprobamos, con qué fuentes, cómo llegamos a cada conclusión y qué límites tiene nuestro trabajo. Aplicamos el mismo protocolo a todas las entidades, tengamos o no una relación comercial con ellas.
Qué analizamos y qué no
Separamos siempre tres tipos de intermediario, porque tienen autorizaciones, riesgos y protecciones distintos:
- Brokers de acciones y ETF: empresas de servicios de inversión y entidades de crédito que ejecutan órdenes y custodian valores.
- Proveedores de CFD: entidades que ofrecen contratos por diferencias y otros productos apalancados. En esta área publicamos solo información neutral.
- Exchanges y proveedores de servicios de criptoactivos: plataformas de compraventa y custodia sujetas al Reglamento europeo MiCA.
Una misma marca puede operar con entidades diferentes según el producto o el país. Por eso cada análisis identifica la entidad concreta que presta el servicio analizado y no extiende la conclusión a otras entidades del mismo grupo.
No analizamos productos de inversión concretos (qué acción o fondo comprar) ni damos recomendaciones personalizadas. Nuestro trabajo no es asesoramiento financiero.
1. Identidad de la entidad
Comprobamos que la marca comercial, el dominio web, la razón social y la entidad que firma el contrato con el cliente son la misma contraparte. Para ello consultamos el aviso legal, las condiciones generales y el contrato de apertura de cuenta del proveedor, y los contrastamos con el registro oficial.
Anotamos cualquier discrepancia (por ejemplo, un dominio que no figura en el registro o un contrato firmado por otra sociedad del grupo) y la mostramos en el análisis.
2. Autorización para operar con clientes en España
Verificamos que la entidad está habilitada para el servicio y el producto concretos que ofrece a residentes en España:
- Servicios de inversión: consultamos el registro de entidades de la CNMV (lo explicamos paso a paso en nuestra guía para comprobar un broker en la CNMV). Si la entidad está autorizada en otro país de la Unión Europea y opera en España en libre prestación o mediante sucursal, lo indicamos y consultamos también el registro del supervisor de origen.
- Criptoactivos: consultamos la información de la CNMV sobre MiCA y el registro de proveedores de servicios de criptoactivos que publica ESMA, comprobando qué servicios concretos tiene autorizados la entidad.
Guardamos la fecha de cada consulta y la mostramos junto a la conclusión. Un registro refleja la situación en el momento de consultarlo; si cambia, actualizamos el análisis.
3. Advertencias oficiales
Revisamos las advertencias de la CNMV y, cuando corresponde, las de otros supervisores. Solo relacionamos una advertencia con una entidad cuando coinciden el nombre y el dominio exactos. En ese caso citamos el organismo, la fecha, el nombre y el dominio afectados, y reproducimos el alcance de la advertencia sin ampliarlo.
Una advertencia indica que una entidad no está autorizada para determinados servicios; no equivale a una condena penal. No calificamos a ninguna empresa de «estafa» por opiniones de usuarios ni por no encontrarla en un registro.
4. Protección del cliente
Explicamos qué protege al cliente de cada entidad y qué no: separación de los activos de los clientes, régimen de custodia y sistema de indemnización aplicable según el tipo de entidad y de activo, como el FOGAIN para empresas de servicios de inversión españolas o el FGD para entidades de crédito. Si la entidad es extranjera, indicamos el sistema de su país de origen.
Los sistemas de indemnización cubren supuestos concretos y con límites; nunca cubren las pérdidas por la evolución del mercado. En criptoactivos, la CNMV advierte de que no hay sistemas de indemnización para los inversores si quiebra un proveedor.
5. Costes
Comparamos costes con escenarios equivalentes y explícitos: importe, mercado, frecuencia de operaciones y divisa. Calculamos el coste total anual, incluyendo comisiones de compraventa, custodia, cambio de divisa, diferenciales, inactividad y retirada cuando existan. Las cifras proceden de los tarifarios vigentes del proveedor, que enlazamos con su fecha de consulta.
No confundimos «comisión cero» con «coste cero»: si un proveedor cobra a través del tipo de cambio o del diferencial, lo incluimos en el cálculo.
6. Pruebas de uso
Solo describimos la apertura de cuenta, el funcionamiento de la plataforma, la atención al cliente o las retiradas cuando las hemos probado nosotros. En ese caso indicamos qué se probó, cuándo y con qué limitaciones. Si no hemos hecho una prueba, lo decimos expresamente y no la sustituimos por opiniones de terceros ni por material promocional del proveedor.
Veredictos sobre la autorización
Cada análisis termina con uno de estos cuatro veredictos:
| Veredicto | Qué significa |
|---|---|
| Autorización comprobada | Hemos verificado en el registro oficial que la entidad analizada está habilitada para el servicio y el producto que ofrece a clientes en España, en la fecha indicada. |
| Autorización no comprobada | No hemos podido verificar la habilitación para ese servicio o producto. No implica por sí solo una irregularidad. |
| Advertencia oficial | Existe una advertencia de un supervisor que coincide con el nombre y el dominio de la entidad. Citamos su alcance exacto. |
| Datos insuficientes | La información disponible es contradictoria o incompleta y no permite una conclusión. |
El veredicto se refiere solo a la autorización. No mide la calidad del servicio ni la conveniencia de invertir.
Puntuaciones y comparativas
No publicamos puntuaciones numéricas ni estrellas mientras no dispongamos de pruebas documentadas y comparables para todas las entidades evaluadas. Si en el futuro incorporamos una puntuación, publicaremos aquí sus criterios y su ponderación antes de usarla, y registraremos cualquier cambio de criterio con su fecha.
Las comparativas solo incluyen entidades con análisis publicado y veredicto de autorización comprobada para el producto comparado. El orden de una comparativa no se vende ni depende de acuerdos comerciales.
CFD: criterio específico
La Resolución de la CNMV de 11 de julio de 2023 prohíbe la publicidad de CFD dirigida a inversores minoristas en España. Por eso nuestro contenido sobre CFD es informativo: explicamos cómo verificar a un proveedor y cuáles son los riesgos del producto, sin rankings, sin enlaces de afiliación y sin invitaciones a abrir cuenta.
Revisión y actualización
Revisamos la autorización, las tarifas y los enlaces de cada análisis al menos una vez por trimestre, y antes si detectamos un cambio relevante. Cada análisis muestra la fecha de su última comprobación. Los cambios que alteran una conclusión se registran en la página de correcciones.
Fuentes que utilizamos
| Comprobación | Fuente preferente |
|---|---|
| Identidad | Web, aviso legal y contrato del proveedor, contrastados con el registro oficial |
| Autorización de servicios de inversión | CNMV y supervisor del país de origen |
| Autorización de servicios de criptoactivos | CNMV y registro de ESMA (MiCA) |
| Advertencias | Aviso original de la CNMV u otro supervisor |
| Protección | Contrato del proveedor y sistema de indemnización competente |
| Costes | Tarifarios vigentes del proveedor y cálculo propio con supuestos publicados |
| Experiencia de uso | Prueba propia fechada |
Límites de nuestro trabajo
- Nuestras conclusiones reflejan la situación en la fecha de comprobación indicada.
- Que un intermediario esté autorizado no garantiza beneficios ni elimina el riesgo de invertir.
- No tenemos acceso a información interna de las entidades; trabajamos con fuentes públicas, documentos del proveedor y pruebas propias.
- La información de esta web es general y no constituye asesoramiento financiero personalizado.
Si detectas un error en un análisis o representas a una entidad citada, puedes comunicárnoslo a través de la página de contacto. Explicamos cómo lo gestionamos en nuestra política editorial.
